Posventa

Guía Consulta previa

 

Asistencia Posventa SOCOVESA y plazos de responsabilidad que establece la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

 

Desde que usted recibe su propiedad, todas nuestras viviendas cuentan con el respaldo de la Asistencia Posventa SOCOVESA, creado para cumplir con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que considera la reparación de eventuales fallas o defectos de construcción que pudieran presentarse en las viviendas conforme a las normativas vigentes y especificaciones del proyecto, en los siguientes plazos:

 

  • 10 años: En el caso de fallas o defectos que afecten a la estructura soportante del inmueble tales como cimientos, sobrecimientos, fundaciones, muros soportantes, losas, vigas, cadenas, pilares, estructura de techumbres y entramados horizontales o verticales de carácter estructural.
  • 5 años: Cuando se trate de fallas o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones, tales como cubiertas de techumbres, ventanas, estructuras no soportantes de muro y de cielo, bases de pavimentos, estructuras o bases de pisos, impermeabilizaciones, aislamiento térmico y acústico, o de las instalaciones eléctricas, de corrientes débiles, de calefacción, de climatización, de gas, sanitarias, redes húmedas, y secas de incendio, sistemas de evacuación de basuras, instalaciones y equipos eléctricos mayores como, ascensores, equipos de presurización, calderas colectivas y grupos electrógenos.
  • 3 años: Si hubiesen fallas o defectos que afecten a elementos de terminaciones o de acabado de las obras tales como, cielos, pisos, puertas, revestimientos y pinturas exteriores e interiores, barnices, alfombras, cerámicos, quincallería, muebles adosados o empotrados a la construcción.

En los casos de fallas o defectos no incorporados expresamente en los puntos anteriores o que no sean asimilables o equivalentes a los mencionados en éstos, las acciones prescribirán en el plazo de cinco años.

 

Los plazos de prescripción se contarán desde la fecha de recepción definitiva de la obra por parte de la Dirección de Obras Municipales, con excepción del número 3, que se contará a partir de la fecha de inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

  • La Asistencia Posventa SOCOVESA será otorgada por un equipo de profesionales, técnicos y especialistas quienes una vez evaluada la falla notificada por el cliente, programarán los trabajos de corrección, si es que éstos corresponden.
  • Para hacer efectiva la Asistencia Posventa SOCOVESA, es indispensable que como usuario de la propiedad cumpla con la debida conservación de los componentes de su vivienda y que el propietario haya efectuado las mantenciones y/o servicios técnicos especificados en el Manual de Uso de la Vivienda de La Cámara Chilena de la Construcción (anexado en la carpeta de entrega de su inmueble).
  • Igualmente es obligación del propietario leer los correspondientes manuales e instructivos técnicos del proveedor o fabricante en caso de presentar dudas de uso o mantenimiento de algún artefacto o elemento de la vivienda. Por lo mismo, deberá archivar en su carpeta los comprobantes que confirmen los servicios de mantenimiento contratados, pues le serán solicitados por nuestros especialistas al convocar un servicio de Asistencia Posventa.
  • La presente Asistencia de Posventa no se hará extensiva al arrendador, por lo que en el caso de arrendamiento del inmueble, SOCOVESA se entenderá exclusivamente con el propietario para realizar las inspecciones, visitas técnicas o trabajos dentro de los plazos de responsabilidad legal.
Exclusiones
Asistencia en Terreno
Superficies Pintadas Interiores y Exteriores
Fisuras
Filtración y Humedades
Cerámicas
Ventanas y Puertas
Revestimientos de Piso
Quincallería
Grifería
Sellos
Artefactos Sanitarios
Trabajos de Adecuación o Mejoramiento
Muebles Empotrados
Calefon/Caldera y Calefacción
Patios
Elementos de Madera
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